Cómo se organiza el año fiscal
El autónomo declara por trimestres. Al acabar cada trimestre presenta el IVA (Modelo 303), el pago fraccionado del IRPF (Modelo 130) y, si ha retenido a alguien, las retenciones (Modelo 111 y Modelo 115).
Al acabar el año se presentan los resúmenes anuales de esas declaraciones (390, 190 y 180) y la declaración de operaciones con terceros (347). La declaración de la renta va aparte, en primavera, y la cuota de autónomos no es una declaración: se paga cada mes a la Seguridad Social (cómo se calcula).
Las fechas límite de este ejercicio
Declaraciones del ejercicio 2026, ordenadas por fecha límite:
| Hasta el | Modelo | Periodo |
|---|---|---|
| 111 · retenciones de trabajadores y profesionales1.er trimestre | 1.er trimestre | |
| 115 · retenciones del alquiler de inmuebles urbanos1.er trimestre | 1.er trimestre | |
| 130 · pago fraccionado del IRPF (estimación directa)1.er trimestre | 1.er trimestre | |
| 131 · pago fraccionado del IRPF (módulos)1.er trimestre | 1.er trimestre | |
| 303 · IVA trimestral1.er trimestre | 1.er trimestre | |
| 111 · retenciones de trabajadores y profesionales2.º trimestre | 2.º trimestre | |
| 115 · retenciones del alquiler de inmuebles urbanos2.º trimestre | 2.º trimestre | |
| 130 · pago fraccionado del IRPF (estimación directa)2.º trimestre | 2.º trimestre | |
| 131 · pago fraccionado del IRPF (módulos)2.º trimestre | 2.º trimestre | |
| 303 · IVA trimestral2.º trimestre | 2.º trimestre | |
| 111 · retenciones de trabajadores y profesionales3.er trimestre | 3.er trimestre | |
| 115 · retenciones del alquiler de inmuebles urbanos3.er trimestre | 3.er trimestre | |
| 130 · pago fraccionado del IRPF (estimación directa)3.er trimestre | 3.er trimestre | |
| 131 · pago fraccionado del IRPF (módulos)3.er trimestre | 3.er trimestre | |
| 303 · IVA trimestral3.er trimestre | 3.er trimestre | |
| 111 · retenciones de trabajadores y profesionales4.º trimestre | 4.º trimestre | |
| 115 · retenciones del alquiler de inmuebles urbanos4.º trimestre | 4.º trimestre | |
| Se traslada: el 30 de enero cae en sábado. | 130 · pago fraccionado del IRPF (estimación directa)4.º trimestre | 4.º trimestre |
| Se traslada: el 30 de enero cae en sábado. | 131 · pago fraccionado del IRPF (módulos)4.º trimestre | 4.º trimestre |
| Se traslada: el 31 de enero cae en domingo. | 180 · resumen anual de retenciones del alquiler (115)resumen del año | resumen del año |
| Se traslada: el 31 de enero cae en domingo. | 190 · resumen anual de retenciones (111)resumen del año | resumen del año |
| Se traslada: el 30 de enero cae en sábado. | 303 · IVA trimestral4.º trimestre | 4.º trimestre |
| Se traslada: el 30 de enero cae en sábado. | 390 · resumen anual del IVAresumen del año | resumen del año |
| Se traslada: el 28 de febrero cae en domingo. | 347 · declaración anual de operaciones con tercerosresumen del año | resumen del año |
Si el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al primer día hábil siguiente. No todos los modelos te tocan: depende de tu actividad, de tu régimen y de si tienes empleados o alquilas un local para tu actividad.
El cuarto trimestre no vence igual para todos
En los tres primeros trimestres, el 303, el 130 y el 111 comparten fecha límite. En el cuarto se separan: las retenciones (111 y 115) se declaran en los primeros veinte días naturales de enero, como el resto del año (Reglamento del IRPF, art. 108.1), mientras que el IVA y el pago fraccionado tienen unos días más. La tabla de arriba lo refleja con las fechas exactas.
Cuando el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al primer día hábil siguiente (Ley 39/2015, art. 30.5). Si pagas por domiciliación bancaria, el plazo para presentar termina antes: la Sede te lo indica al presentar.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presentan el 303 y el 130 de cada trimestre?+
El Modelo 303: En el ejercicio 2026: primer trimestre, hasta el 20 de abril de 2026; segundo, hasta el 20 de julio de 2026; tercero, hasta el 20 de octubre de 2026; cuarto, hasta el 1 de febrero de 2027 (el 30 de enero cae en sábado). Si el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al primer día hábil siguiente. El Modelo 130 vence los mismos días.
¿Cuándo se presenta el Modelo 111?+
En el ejercicio 2026: primer trimestre, hasta el 20 de abril de 2026; segundo, hasta el 20 de julio de 2026; tercero, hasta el 20 de octubre de 2026; cuarto, hasta el 20 de enero de 2027. Si el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al primer día hábil siguiente. En el cuarto trimestre el 111 vence antes que el 303 y el 130.
¿Tengo que presentar todos los modelos del calendario?+
No. El 303 lo presentas si tu actividad lleva IVA; el 130, si estás en estimación directa (el 131 si estás en módulos); el 111, si pagas nóminas o facturas de profesionales con retención; y el 115, si alquilas un local para tu actividad y practicas retención. Los resúmenes anuales (390, 190 y 180) van ligados a esos trimestrales, y el 347 solo si tienes operaciones con terceros que superen el límite de la norma.
¿Quién no presenta el Modelo 130?+
Los profesionales que, en el año natural anterior, tuvieron al menos el 70 % de los ingresos de la actividad sujetos a retención o ingreso a cuenta no están obligados al pago fraccionado (Reglamento del IRPF, art. 109.2).
¿Y si vivo en Canarias?+
En Canarias no hay IVA: el impuesto indirecto es el IGIC, que se declara con el Modelo 420 ante la Agencia Tributaria Canaria, no ante la AEAT. Sus plazos no están en este calendario. El IRPF (130, 111, 115) sí es el mismo que en la península.
Si estás en Canarias, el IGIC tiene su propio calendario: guía del IGIC y el Modelo 420.
Fuentes oficiales
- Calendario del contribuyente de la AEAT
- Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF, arts. 109 a 112: pagos fraccionados (BOE)
- Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF, arts. 95 y 108: tipos de retención e ingreso de las retenciones (BOE)
- Ley 39/2015, art. 30.5: el plazo que vence en día inhábil pasa al primer día hábil siguiente (BOE)
Que no se te pase ningún plazo
TributAI prepara tus declaraciones con tus facturas y tus datos, y tú las presentas en la Sede con tu certificado.
Ver planes y precios →Esta guía es orientativa y no constituye asesoramiento fiscal vinculante. Los plazos pueden cambiar por norma; consulta siempre el calendario del contribuyente en la Sede electrónica de la AEAT o a un asesor fiscal habilitado para tu situación concreta.