Guía fiscal · RETA
Cuota de autónomos: cotización por ingresos reales
Cómo funciona el nuevo sistema de cotización basado en lo que realmente ganas, cómo elegir tu tramo y qué pasa con la regularización anual.
Por Jacobo Quesada, asesor fiscal en ejercicio y cofundador de TributAI · Actualizada el
El nuevo sistema de cotización por ingresos reales
Desde el 1 de enero de 2023, el sistema de cotización de los trabajadores autónomos (RETA) cambió radicalmente. El anterior modelo permitía elegir la base de cotización libremente dentro de unos límites, con independencia de los ingresos reales. El nuevo modelo vincula la cuota mensual a los rendimientos netos de la actividad.
Este cambio nació de la Ley 21/2021 y se articuló a través del Real Decreto-ley 13/2022. El sistema se implanta de forma progresiva, en un periodo máximo de nueve años: desde el 1 de enero de 2032, las bases de cotización se fijarán ya sobre los rendimientos netos reales de cada año, dentro de los límites que marque la Ley de Presupuestos.
Los 15 tramos de rendimientos netos
El sistema clasifica al autónomo en uno de 15 tramos según sus rendimientos netos anuales previstos. Cada tramo tiene asociada una base de cotización mínima y máxima (entre las que puede moverse el autónomo) y una cuota resultante. Los tramos van desde los autónomos con ingresos muy bajos (por debajo del Salario Mínimo Interprofesional) hasta los de ingresos más altos.
Al inicio de cada año —o al darse de alta— el autónomo declara sus rendimientos netos previstos. La Seguridad Social asigna automáticamente el tramo correspondiente. Si durante el año los ingresos evolucionan de forma diferente, se puede cambiar de tramo hasta seis veces al año a través del portal Importass.
Cómo calcular tus rendimientos netos
- Suma todos los ingresos brutos de la actividad previstos para el año.
- Resta todos los gastos fiscalmente deducibles (cuota RETA, material, alquiler del local, suministros proporcionales, etc.).
- El resultado es tu rendimiento neto estimado. Ubícalo en la tabla de tramos de la Seguridad Social para conocer tu cuota.
La regularización anual
Una de las novedades más importantes del sistema es la regularización posterior. Una vez que la AEAT conoce los rendimientos reales del año (a través de la declaración de la renta), la Seguridad Social compara lo que cotizaste con lo que realmente debías haber cotizado:
- Cotizaste de más: la Seguridad Social te devuelve la diferencia.
- Cotizaste de menos: recibes una liquidación complementaria con el importe que debes ingresar adicional.
Por eso es recomendable ajustar el tramo durante el año a medida que conoces tu evolución de ingresos real, para evitar sorpresas en la regularización.
Tarifa plana y cuota por ingresos reales
La tarifa plana para nuevos autónomos —80 €/mes de cuota reducida más el MEI sobre tu base de cotización, lo que deja el cargo real en torno a 88-90 €/mes— es compatible con el sistema de cotización por ingresos reales. Durante los primeros 12 meses (24 si los ingresos son bajos), el autónomo paga la cuota reducida independientemente del tramo que le correspondería por sus rendimientos.
Una vez finalizada la tarifa plana, el autónomo entra en el sistema general por tramos y debe comunicar a la Seguridad Social sus rendimientos netos previstos para el resto del año.
→ Guía completa sobre la tarifa plana de autónomosPreguntas frecuentes
¿Cómo funciona el nuevo sistema de cuotas de autónomos por ingresos reales?+
Desde 2023, la cuota mensual del RETA se calcula sobre los rendimientos netos previstos de la actividad, divididos en 15 tramos. A principios de año se elige el tramo estimado y se paga esa cuota durante 12 meses. Al año siguiente, la Seguridad Social regulariza: si los ingresos reales fueron superiores a los estimados, se paga la diferencia; si fueron inferiores, se devuelve el exceso.
¿Cómo se calculan los rendimientos netos para elegir el tramo de cuota?+
Los rendimientos netos son los ingresos de la actividad menos los gastos fiscalmente deducibles. A esa cifra se añade la cuota del RETA pagada (ya que se deduce en IRPF pero no se resta en la base de cotización). El resultado neto anual determina en qué tramo de los 15 disponibles se ubica el autónomo y, por tanto, qué cuota mensual le corresponde.
¿Puedo cambiar mi tramo de cotización durante el año?+
Sí. Los autónomos pueden cambiar de tramo hasta seis veces al año para ajustar la cuota a la evolución real de sus ingresos. Los cambios se solicitan a través de Importass (el portal de la Seguridad Social para autónomos) y surten efecto el primer día del mes siguiente a la solicitud.
¿Qué pasa si mis ingresos reales son distintos de los estimados?+
La Seguridad Social realiza una regularización al año siguiente, una vez conoce los rendimientos reales de la declaración de la renta. Si cotizaste por encima de lo que te correspondía, recibirás una devolución. Si cotizaste por debajo, recibirás una liquidación complementaria con el importe a ingresar.
¿La tarifa plana afecta al nuevo sistema de cuotas?+
Sí. La tarifa plana (80 €/mes de cuota reducida + el MEI sobre tu base, lo que sitúa el cargo real en torno a 88-90 €/mes) es compatible con el nuevo sistema: durante los primeros 12 meses (ampliables a 24 si los ingresos del primer año son inferiores al SMI) el autónomo paga la cuota reducida independientemente de su tramo por ingresos. La regularización por ingresos reales aplica una vez finalizada la tarifa plana.
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Esta guía es orientativa y no constituye asesoramiento fiscal vinculante. Las cuotas del RETA cambian anualmente; consulta siempre la Sede Electrónica de la Seguridad Social (Importass) o a un asesor habilitado para los importes vigentes en tu ejercicio.